Curso de Escolta en Granada

Curso de Escolta en Granada

Conviértete en escolta privado y trabaja en lo que te apasiona.


  • Curso presencial en Granada

  • 60 horas de duración

Ministerio del Interior

Nuestro centro


Ges Formación Curso Vigilante Seguridad

Infórmate sin compromiso



Requisitos


Los necesarios para la habilitación de vigilante de seguridad además de:


  • Poseer el diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso o cursos correspondientes en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad, así como el diploma que acredite la superación de los módulos profesionales complementarios y específicos de formación de escoltas privados, en el curso impartido en un centro autorizado.

  • Tener una estatura mínima de 1,70 metros los hombres y 1,65 metros, en el caso de las mujeres.

¿De qué consta el exámen?


Los aspirantes a escolta privado realizarán las pruebas que a continuación se relacionan que tendrán carácter eliminatorio; si bien, estarán exentos de realizar la prueba de aptitud física y el primer cuestionario de la prueba de conocimientos teórico-prácticos, aquellos opositores que ya sean vigilantes de seguridad.


Primer ejercicio: Aptitud física


Consistirá en la realización por los aspirantes de todos los ejercicios de aptitud física que se describen en las pruebas de vigilante de seguridad, debiendo igualar o superar las marcas e igualar o reducir los tiempos establecidos, teniendo en cuenta que la no superación de algún ejercicio supone su eliminación. La calificación de esta prueba será de apto o no apto.

Segundo Ejercicio: Conocimientos Teórico-Prácticos

Consistirá en la contestación por escrito a dos cuestionarios de preguntas:

Primer cuestionario: Realizarán una prueba de conocimientos teórico-prácticos, debiendo contestar, en cincuenta minutos, un cuestionario de 80 preguntas ajustadas al programa "Módulos profesionales de formación previa comunes para Vigilantes de seguridad y su especialidad y para Escoltas privados" de la correspondiente convocatoria (estarán exentos de su realización los opositores que ya sean vigilantes de seguridad).

Segundo cuestionario: Realizarán una prueba de conocimientos teórico-prácticos, debiendo contestar, en quince minutos, un cuestionario de 20 preguntas ajustadas al programa específico de "Módulos profesionales de formación previa para Escolta privado" de la correspondiente convocatoria.

Cada uno de estos cuestionarios tendrá carácter eliminatorio, debiendo superar, en su caso, el primer cuestionario para que sea calificado el segundo.


Temario exclusivo para escoltas privados


Consta de 15 temas repartidos en los siguientes módulos:


Módulo Jurídico

  • Tema 1. Derecho Administrativo especial. El escolta privado: Naturaleza. Requisitos para la obtención de la habilitación.
  • Tema 2. Funciones a desempeñar por el escolta privado.
  • Tema 3. Porte y depósito del arma de fuego.

Módulo Técnico

  • Tema 1. La protección. Fuentes y fundamentos de peligro. La protección integral.
  • Tema 2. Protección dinámica (I). Teoría esférica de la protección. Teoría de los círculos concéntricos. Escalones y niveles de seguridad. Evaluación de dispositivos. Coordinación con el Departamento de Seguridad.
  • Tema 3. Protección dinámica (II). Técnicas de protección en movimiento. Interior de edificios. Escaleras y ascensores. Líneas de recibimiento y control. Evacuaciones.
  • Tema 4. Protección estática. En el domicilio. En el lugar de trabajo. Coordinación de servicios.
  • Tema 5. Técnicas de seguridad en vehículos. Características del vehículo y de los conductores. Cápsulas de seguridad sobre vehículos. Conducción evasiva: Defensiva y ofensiva. Contramedidas electrónicas: Inhibidores de frecuencias, y perturbadores.
  • Tema 6. Caravanas e itinerarios. Clasificación de las caravanas. Itinerarios: Principal, alternativo, de evacuación, y de fuga. Funciones y competencias atribuidas a los escoltas privados en los apartados anteriores. Dispositivos de localización y seguimiento vía satélite. Sistemas de posicionamiento global (GPS).
  • Tema 7. Técnicas de información y observación. La información como elemento imprescindible en la protección. La observación como fuente de información y técnica disuasoria.
  • Tema 8. Los procedimientos del agresor. Métodos de actuación. El atentado. El secuestro. La amenaza. La extorsión.
  • Tema 9. Armamento. Armas reglamentarias para su utilización por escoltas privados. Estudio de las armas reglamentarias. Cartuchería y munición. Conservación y limpieza.
  • Tema 10. Teoría del tiro. Balística interna. Balística externa. Balística de efectos.
  • Tema 11. Normas de seguridad en el manejo de armas. Generales y específicas.
  • Tema 12. Tiro de instrucción. Prácticas de fuego real y/o de fogueo o en simulador homologado, con las armas reglamentarias.

Plazos para cada convocatoria. Presentación de solicitudes


Diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del BOE


Quienes desean tomar parte en las pruebas de selección, para cada una de las convocatorias cursaran su solicitud cumplimentando el Modelo 790, Código de tasa 015, a través de la página web http://www.policia.es a través de la sede electrónica. Una vez cumplimentados los datos de dicho formulario se descarga el impreso de solicitud en soporte papel por triplicado ejemplar (“Ejemplar para la Administración (seria el original con el pago de la tasa hecho y debidamente firmado)”, “Ejemplar para el interesado” y “Ejemplar par la entidad colaboradora”). Únicamente cuando sea imposible la concesión con la aplicación telemática, a través de la web de la policía se formalizara la solicitud cumplimentando el impreso que constan como apéndice V.


Tasa de examen 22.43€ (Por compulsa 3.76€ incrementando 1.87€ por página)


Presentación de documentación


División de formación y perfeccionamiento o a través de las comisarías de policía, cuarteles de la guardia civil, oficinas de correos o cuales quiera otras de las referidas en el artículo 38.4

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el Tribunal aprobara la lista de participantes convocados a la realización de las pruebas, con indicación de la sede asignada a cada uno de ellos y la fecha de celebración de las mismas.

Los participantes deberán comparecer a las diferentes pruebas provistos del documento nacional. El orden de actuación ante el Tribunal será alfabético comenzando por la letra “C”. (BOE num 38 del 13 de Febrero)

Para la realización de la prueba de aptitud física, los aspirantes deberán presentarse provistos de atuendo deportivo, y entregar al Tribunal un certificado médico, expedido dentro del período de tiempo comprendido entre la fecha de comienzo del plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria y el día de realización de las citadas pruebas de aptitud física, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas deportivas para vigilante de seguridad.

En el plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del Acuerdo del Tribunal por el que se haga pública la relación de participantes que hayan superado las pruebas de aptitud física, estos deberán presentar directamente al Cuerpo de Policía los siguientes documentos:


  • Fotocopia del carnet de identidad.

  • Certificado de antecedentes penales (estarán exentos aquellos que al firmar su instancia autorizaron expresamente su petición de oficio al Registro Central de Penados).

  • Título de graduado u equivalente. (exento de presentar aquellos aspirantes que ya sean vigilantes de seguridad)

  • Informe original de aptitud psicofísica. Y que igualmente acredite la estatura del aspirante.

  • Certificado o diploma acreditativo de haber superado el curso correspondiente a los módulos profesionales de formación previa exclusivos para escolta privado. Igualmente, deberán acreditar hallarse en posesión del preceptivo curso de formación previa para vigilante de seguridad o certificado que acredite 180 horas de formación complementaria recogida en los módulos profesionales de formación previa común para vigilantes de seguridad y su especialidad de vigilantes de explosivos, y para escoltas privados.

  • Declaración jurada de cumplir todos los requisitos para la convocatoria (exento de presentar aquellos aspirantes que ya sean vigilantes de seguridad)

Habilitación


Los que hayan sido declarados aptos en las indicadas pruebas, para obtener la habilitación deberán solicitar la expedición de la tarjeta de identidad profesional correspondiente, que deberán solicitar antes de los tres meses, transcurridos los cuales deberán acreditar nuevamente los requisitos, y en todo caso, transcurridos dos años sin solicitar la tarjeta de identidad profesional deberán superar nuevas pruebas.


A tal efecto deberán cumplimentar el modelo de solicitud, acompañado de:

  • Dos fotografías, formato carné.

  • Autorización de verificación de datos del DNI o NIE

  • Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso de la tasa por habilitación de escolta privado. El citado impreso será facilitado en las Comisarías de Policía y deberá ser cumplimentado con los datos correspondientes, señalando como tarifa aplicable la séptima.

Uniformidad, Armamento y Tiro


Para poder prestar servicios con armas, los escoltas privados habrán de obtener licencia C en la forma prevenida en el Reglamento de Armas. Dicha licencia tendrá validez exclusivamente para la prestación del servicio de seguridad en los supuestos determinados en dicho Reglamento.

El arma reglamentaria de los escoltas privados será la pistola semiautomática del calibre 9 milímetros Parabellum.

Portarán el arma con discreción y sin hacer ostentación de ella, pudiendo usarla solamente en caso de agresión a la vida, integridad física o libertad, y atendiendo a criterios de proporcionalidad con el medio utilizado para el ataque.

Los escoltas privados vestirán de paisano y deberán realizar ejercicios obligatorios de tiro, una vez cada trimestre.


Funciones y forma de prestar el servicio


Son funciones de los escoltas privados el acompañamiento, defensa y protección de personas determinadas, o de grupos concretos de personas, impidiendo que sean objeto de agresiones o actos delictivos.

La defensa y protección a prestar ha de estar referida únicamente a la vida e integridad física y a la libertad de las personas objeto de protección.

En el desempeño de sus funciones, los escoltas no podrán realizar identificaciones o detenciones, ni impedir o restringir la libre circulación, salvo que resultare imprescindible como consecuencia de una agresión o de un intento manifiesto de agresión a la persona o personas protegidas o a los propios escoltas, debiendo, en tal caso, poner inmediatamente al detenido o detenidos a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, sin proceder a ninguna suerte de interrogatorio.


¿Quieres recibir más información?